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María del Monte, multada por Hacienda por no proporcionar sus datos fiscales

La cantante y presentadora María del Monte se enfrenta a una multa emitida por el Tribunal Económico-Administrativo de Sevilla por una cantidad superior a los 60.000 euros.

Marta Navarro 23 Marzo 2019 en Bekia

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A la cantante y presentadora María del Monte parece que se le ha quitado la sonrisa. La tonadillera, que normalmente pasa desapercibida cuando se baja de los escenarios o sale de los platós, se enfrenta ahora a una multa que le ha caído como un jarro de agua fría, ya que la sevillana tendrá que pagar una cuantiosa cantidad a la Agencia Tributaria.

¿El motivo? Al parecer todo se remonta a 10 años atrás, cuando Hacienda investigó el ejercicio fiscal de María del Monte en el 2009. Ese mismo año, la sociedad Mercantil de la tonadillera, Monprudu, registró unos ingresos de 757.034,34 euros, a los que se le sumaron 63.106,26 euros que eran fruto de su actividad como cantante y presentadora de televisión. La Inspección de Tributos entendió que, de acuerdo con la relación entre la sociedad y la cantante, cualquier operación quedaba sujeta al régimen establecido en la Ley del Impuesto de Sociedades y le pidió en dos ocasiones que aportase la documentación requerida.

Al parecer la artista aportó de forma "incompleta, inexacta o con datos falsos" la información solicitada, por lo que en 2013 la Dependencia Regional de la Delegación Especial de Andalucía de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria impuso a la cantante una multa de 60.058,77 euros, que fue recurrida por la tonadillera. Pero no fue hasta 2016 cuando fue desestimado el recurso que presentó la sevillana contra tal resolución.

Resolución

Ahora el Tribunal Económico-Administrativo de Sevilla obliga a pagar a María del Monte una cantidad que no pasará desapercibida por el bolsillo de la cantante, y es que ahora que María del Monte ha perdido definitivamente su batalla con Hacienda, tendrá que pagar la multa de 60.058 euros. Pero además, María del Monte deberá hacerse cargo de los costes del proceso, por un importe máximo de 1.000 euros.

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